Escrito por Oficina de Comunicaciones Centro de Memoria, Paz y Reconciliación
Tortura
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| ver texto del fallo del Consejo de Estado |
Hace 25 años, el 27 de junio de 1985, el Consejo de Estado, en un histórico fallo pues era la primera vez que un organismo judicial se pronunciaba sobre un caso de torturas por agentes del Estado, condenó a la nación
El 1 de enero de 1979, el país vivió uno de sus más duros momentos de orden público. El M-19, tras el asalto el 31 de diciembre de 1978 al Cantón Norte en Bogotá, donde sustrajo más de cinco mil armas del ejército, fue objeto de la persecución del Estado.
En ese proceso dirigido por las Fuerzas Armadas, se decretaron centenares de allanamientos y fueron puestos presos decenas de militantes de ese movimiento. También cayeron muchos inocentes.
Los detenidos eran enviados a las caballerizas del ejército en Usaquén donde fueron objeto de torturas para arrancarles la verdad sobre el aparatoso robo. El país estaba bajo el mandato del presidente Julio César Turbal Ayala que recibió la protesta nacional y mundial por el caso de los apremios.La protesta concitó a los más amplios sectores del país, incluidos personalidades de los dos partidos, senadores, representantes a la Cámara, ex ministros, la Iglesia, todas las centrales sindicales y periódicos como El Espectador, entre otros, Y nacía, envuelto en ese movimiento por las libertades ciudadanas, contra las detenciones arbitrarias y las torturas, el Comité Permanente de Defensa de los Derechos Humanos presidio por el ex canciller Alfredo Vásquez Carrizosa.
La médica Olga López Jaramillo de Roldán, una ciudadana ajena a todo el suceso, fue arrestada el 3 de enero de 1979, junto con su hija de seis años, tras un aparatoso allanamiento de su residencia. Permaneció vendada 14 días continuos y recibió todo tipo de torturas físicas y sicológicas que le dejaron serias secuelas.
Condenada por rebelión por la justicia penal militar, Olga López estuvo detenida más de dos años Sin embargo, una vez en libertad en 1982, siguió siendo objeto de persecución viéndose obligada a tomar el camino del exilio.
El Consejo de Estado, ante la demanda de Iván López Botero, padre de Olga, falló el 27 de junio de 1985 condenando a la nación, en cabeza de las fuerzas armadas. Uno de los apartes capitales que sientan doctrina, señala: "Las instituciones democráticas tienen el derecho y el deber de defenderse y el ejercicio de tal potestad es perfectamente legítimo, pero lo que resulta inadmisible, contrario a derecho, es que para mantener la democracia y el estado de derecho, el Ejecutivo utilice métodos irracionales, inhumanos, sancionados por la ley, rechazados por la justicia y proscritos mundialmente por todas las convenciones de derechos humanos y que ninguna concepción civilizada del ejercicio del poder podrían autorizar, o legitimar. Eso es justamente la negación de los principios e ideales que se pretenden defender y que son la razón misma que justifica la existencia de una sociedad jurídicamente organizada".
Y resuelve, en un fallo de 63 páginas, declarar a la Nación colombiana, administrativamente responsable de los perjuicios causados al doctor Iván López Botero, a la doctora Olga López Jaramillo de Roldán y a la menor Olga Helena Roldán López como consecuencia de las torturas morales a que ellos fueron sometidos y de las lesiones psíquicas y corporales causadas a la doctora Olga López Jaramillo de Roldán durante el tiempo transcurrido entre el 13 de enero de 1979 hasta el 13 de enero de 1981, en las instalaciones de la Brigada de Institutos Militares (BIM), y otras dependencias oficiales.
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