Escrito por Santiago Martínez Asesor del área de Reparaciones, ICTJ Colombia
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Los municipios son los entes gubernamentales encargados de implementar las políticas generales de atención a la población y, en esa medida, deben prestar servicios básicos -como educación, salud, agua potable y servicios públicos-, suplir necesidades respecto a vías, cultura y deporte, vivienda y asistencia técnica agropecuaria, pero también tienen responsabilidad en la atención de grupos vulnerables, entre ellos las víctimas del conflicto armado.
Aunque el artículo 76.1 de la ley 715 de 2001 sólo menciona que los programas de apoyo a la población vulnerable pueden incluir a las víctimas de desplazamiento forzado, esto no significa que las demás no puedan incluirse. Por eso, es correcto afirmar que los municipios tienen competencia para diseñar e implementar acciones a favor de todas las víctimas del conflicto armado, y que este tema no es exclusivo del nivel central del ejecutivo. La pregunta que atañe es: ¿qué le corresponde a los municipios en materia de atención a víctimas?
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