Tormenta I

Conmemoraciones

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Leonel Goyeneche Héctor Alirio Martínez

Leonel Goyeneche, Héctor Alirio Martínez y Jorge Eduardo Prieto, no tuvieron tiempo de explicar su presencia en aquella choza en la vereda de Caño Seco: varias ráfagas cegaron sus vidas apenas habían salido con las manos en alto.

Con el singular nombre de Tormenta I, una patrulla del Ejército colombiano abatió, sin ningún miramiento, a estos tres reconocidos sindicalistas del departamento de Arauca el 5 de agosto de 2004.

Goyeneche era directivo de la Confederación Unitaria de Trabajadores CUT Arauca, Martínez, presidente de la Asociación Departamental de Usuarios Campesinos ADUC y Prieto dirigente de la Asociación Nacional de Trabajadores Hospitalarios de Colombia Anthoc.

Dos lecturas de los hechos testimonian cómo fue la reacción del Ejército, sostenida por el propio vicepresidente Francisco Santos que justificó el accionar militar aduciendo que se trataba de un combate, y el fallo final de la Procuraduría de octubre de 2009, afirmando todo lo contrario.

El reporte de las autoridades militares sobre los hechos indicó: "El pasado 05 de Agosto del año en curso, (2004) miembros del Ejército, en desarrollo de su misión constitucional, ingresaron al sitio Caño Seco, del municipio de Saravena, departamento de Arauca, iniciando operaciones militares con el objetivo de dar cumplimiento a los requerimientos judiciales ordenados desde el año anterior por la Fiscalía General de la Nación".

Y añadía: "En el momento en que se disponían a realizar la diligencia, fueron recibidos en forma hostil por las personas requeridas, conllevando a la reacción de los uniformados, arrojando como resultado final el abatimiento de los mencionados sujetos".

Sin embargo, después de cuatro años y tras la querellas de los familiares de las víctimas, la Procuraduría General de la Nación, en un fallo de segunda instancia del 15 de octubre de 2009, pone las cosas en su sitio.

Ordena la destitución por 20 años de los integrantes de la patrulla militar y concluye que se trató de un asesinato. El importante pronunciamiento ha contribuido al castigo ejemplar de los militares implicados.

Se trata del subteniente Juan Pablo Ordóñez Cañón y los soldados profesionales Jhon Alejandro Hernández Suárez, Oscar Saúl Cuta Hernández y Walter Loaiza Culma, en sus condiciones de integrantes en la época de los hechos del cuarto pelotón de la compañía Brioso del Grupo Mecanizado Nro.18 General Gabriel Revéis Pizarro del Ejército Nacional.

"En desarrollo de esa operación, dice la Procuraduría, el 5 de agosto de 2004 el escuadrón A de la contraguerrilla Brioso 4 al mando del subteniente Ordóñez Cañón, en compañía de los soldados profesionales Hernández Suárez, Cuta Hernández y Loaiza Culma y de un informante y guía de dicha operación llegaron a la entrada de la casa del señor Jorge Prieto y "previa identificación por parte del informante de los occisos Jorge Prieto, Leonel Goyeneche y Héctor Martínez, les ordenaron salir con los brazos en alto por la puerta principal del inmueble, en donde una vez ubicados en estado de indefensión procedieron a dispararles mediante ráfagas, el subteniente Ordóñez Cañón y el soldado profesional Hernández Suárez".

Y señala que "Las pruebas técnicas, testimoniales y documentales indican que la muerte de estas tres personas se produjo en condiciones de indefensión y sin presentarse combate o resistencia armada alguna".

Se estableció además que para "acomodar la escena de los hechos a la versión de defensa que manejarían" los uniformados solicitaron bolsas plásticas a los residentes de la casas y tras colocárselas en las manos para evitar dejar huellas digitales en los cuerpos, "los trasladaron a la zona posterior de la vivienda, en donde colocaron armas de corto alcance a dos de los occisos, para simular el combate, sustento de su defensa, e igualmente procedieron a lavar la escena del crimen, a tapar con arena una muestra de sangre que allí quedaba y a recoger los casquillos de los proyectiles, salvo uno que fue encontrado en dicho sitio en el momento de la inspección judicial".

"En consecuencia, el oficial y los soldados profesionales son responsables disciplinariamente de haber causado la muerte en estado de indefensión y sin presentarse combate o resistencia armada alguna a los señores Jorge Prieto Chamucero, Leonel Goyeneche y Héctor Alirio Martínez", concluye la Procuraduría.

Respecto a la conducta del teniente Coronel Luis Francisco Medina Corredor, capitanes Luis Eduardo Castillo Arbeláez e Hiznardo Alberto Bravo Zambrano el Ministerio Público estableció que no existen pruebas que permitan inferir que hubo un acuerdo entre estos uniformados y los autores materiales de este hecho criminal.

Cabe recordar que en primera instancia, la Procuraduría el 28 de agosto de 2008 falló contra estos oficiales destituyéndolos por 20 años.

En Saravena, el municipio de anchas praderas de Arauca, todos los 5 de agosto recuerdan la tragedia que enlutó la comarca, Y que hoy, gracias a una batalla jurídica sin precedentes, no quedó en la impunidad.

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